En Vista de que no obtuvo respuesta oportuna y concreta a tal solicitud, el senador Nariñense considera que tanto el ministro de Salud y Protección Social Fernando Ruíz Gómez, como el director general para la Gestión del riesgo de desastres Eduardo José González Angulo han vulnerado su derecho fundamental negándose a brindar respuesta de fondo a sus peticiones.
<<Avocar conocimiento de la acción de tutela propuesta por el Señor José Aulo Polo Narváez en contra del Ministerio de Salud y Protección Social>>, decidió el Juzgado Segundo Municipal del Circuito de Ipiales.
El pasado 18 de enero de 2021 el senador ipialeño José Polo solicitó, mediante Derecho de Petición al Ministerio de Salud, le entregaran copias de los contratos y/o convenios celebrados por esa Cartera para la adquisición de las vacunas contra el Covid-19; estudios técnicos, económicos y científicos que sustentaran dichos contratos y/o convenios, además detalles de la logística e implementación del Plan Nacional de Vacunación en cuanto a: bases de datos, quién toma las decisiones en el territorio, cadena de frío, entre otros.
En vista que no obtuvo respuesta oportuna y concreta a tal solicitud, el senador Nariñense considera que tanto el ministro de Salud y Protección Social Fernando Ruíz Gómez, como el director general para la Gestión del riesgo de desastres Eduardo José González Angulo han vulnerado su derecho fundamental negándose a brindar respuesta de fondo a sus peticiones.
Ante tal situación, el Congresista, decidió interponer Tutela en aras de que se le proteja el derecho fundamental a recibir respuesta puntual y debidamente soportada a las peticiones públicas formuladas ante autoridades públicas, dado que considera vulnerados sus derechos fundamentales amparados por la Constitución Política, el ejercicio de la oposición de acuerdo a las prerrogativas y obligaciones de la Ley Estatutaria 1909 de 2018 (Estatuto de la Oposición).
El señor Polo Narváez manifiesta, en la sustentación de la Tutela, que: <<No comprende por qué un congresista y ciudadano no puede obtener información respecto a los gastos públicos de la Nación, hablando específicamente de la salud pública>>
Y afirma al cierre de sus argumentos: <<Debemos tener en cuenta que se están utilizando recursos públicos y estos recursos son de todos los ciudadanos, estamos hablando de un tema de salud Pública, no se trata de negocios de particulares con plata de particulares sino con plata de la Nación>>
Si bien La tutela fue presentada por el accionante el 24 de febrero de 2021 ante el Tribunal Administrativo de Nariño el cual corrió trasladado, para su conocimiento, al Juzgado Tercero Civil del Circuito, Especializado en Restitución de Tierras, de Pasto éste, a su vez remitió, mediante Providencia la demanda a la oficina del Centro de Servicio de Ipiales correspondiéndole su conocimiento, por reparto al Juzgado Segundo Civil del Circuito e Ipiales.
Ese Despacho admitió la Acción de Tutela propuesta por el Señor José Aulo Polo Narváez contra el Ministerio de Salud y Protección Social y la Unidad Nacional para la Gestión de Riesgos y Desastres.
El Acto que admite el conocimiento de dicha Tutela fue avocado mediante providencia del 26 de febrero de 2021 , por lo tanto, corren los términos probatorios y de notificación en espera de la decisión final por parte del Despacho Judicial.
“NIDO DE RATAS” EN CASA DE POBRES.
… Esperamos muchos que estas denuncias que va a someter a consideración del pueblo colombiano y del mundo Gustavo Bolívar sirvan para que nosotros hagamos inventario de lo que en nuestra casita ha sido objeto de corrupción por las raticas locales…
Bicentenario del asesinato de la ipialeña Josefina Obando
… Ella representaba a gran parte de la población del territorio de Los Pastos, quienes desde 1809 fueron afectos a la causa patriota, como fácilmente se deduce del acta autonomista firmada en Ipiales el 7 de septiembre de 1810 y ratificada en Cumbal el 28 de septiembre del mismo año, buscando de esta manera separarse del Cabildo de Pasto y así de la Corona española…
LA MUJER EN EL OLVIDO, OTRA ARMA PATRIARCAL
… no es de extrañar que la narrativa histórica predominante es esencialmente masculina, es decir, escrita y protagonizada por hombres. Pareciera que durante siglos las mujeres solo estuvieron presentes en sucesos importantes al ser las esposas o amantes de alguien, reconocidas únicamente por su belleza y careciendo de muchos otros talentos, poseyendo poca relevancia social e importancia; nada más alejado de la realidad. Así pues, no hay mayor prueba del sesgo existente en esta materia, que el hecho de determinar únicamente la presencia de un género…
La Murga en el Carnaval de Ipiales.
… Es innegable que el Carnaval de Negros y Blancos se originó como tal en la ciudad de Pasto, Nariño, de allí que tampoco se puede negar que entre las primeras expresiones que lo integraban estaba la Murga, de allí se desprende la primera definición de Murga del carnaval en el Sur Occidente de Colombia…
Otras Noticias
Más internacional que nunca el Festival Ipiales Cine sin Fronteras en su 6ª versión
Del martes 14 al sábado 18 de noviembre vuelve el festival que trae a nuestro territorio la cultura audiovisual del mundo. Ipiales Cine Sin Fronteras se toma el sur del país con una extraordinaria selección internacional y nacional, talleres, masterclass, la presencia de invitados especiales como el actor mexicano Damián Alcázar y el experto en efectos visuales Freddy Chávez, desde Canadá…
“El Palacio sin Máscara”. Abominables engaños históricos.
El miércoles 6 de noviembre de 1985, un comando del M-19 se tomó por asalto el Palacio de Justicia, allí se perdieron muchas vidas… En la conmemoración de este magnicidio, 38 años después donde, al parecer, tuvo mucho que ver el Ejército Nacional, el columnista Jairo Bravo Vélez, trae como referencia el libro del escritor German Castro Caicedo “El Palacio sin máscara”…
Gustavo Estupiñán liderará la oposición en el Concejo municipal
El excandidato a la Alcaldía de Ipiales Gustavo Estupiñán liderará la oposición en el Concejo municipal al aceptar la curul que, según el Estatuto de la Oposición, (Ley 1909 de 2018) le corresponde al haber ocupado la segunda posición de conformidad a los resultados electorales del pasado domingo 29 de octubre…



