Gobernación pone en duda el acuerdo sobre alumbrado público, mientras tanto las tarifas continúan vigentes
La Gobernación de Nariño emitió un concepto técnico con observaciones al Acuerdo Municipal No. 001 de 2026, mediante el cual el Concejo de Ipiales restableció las tarifas del impuesto de alumbrado público previstas en el Acuerdo 032 de 2018. El documento advierte presuntas irregularidades en el trámite y en el análisis de impacto fiscal, por lo que el caso podría llegar al Tribunal Contencioso Administrativo de Nariño. Mientras se define su legalidad, el acuerdo continúa vigente y las tarifas actuales del alumbrado público deberán seguir siendo aplicadas en el municipio.

La controversia alrededor de las tarifas del impuesto de alumbrado público en Ipiales podría trasladarse ahora al escenario judicial. La Gobernación de Nariño emitió un concepto técnico con observaciones sobre el Acuerdo Municipal No. 001 de 2026, mediante el cual el Concejo modificó la propuesta presentada por el alcalde Amílcar Pantoja y restableció las tarifas contempladas en el Acuerdo 032 de 2018. El documento advierte presuntos vicios de trámite y deficiencias en el análisis de impacto fiscal, por lo que el caso será revisado por la Oficina Asesora Jurídica del departamento para determinar si procede una demanda ante el Tribunal Contencioso Administrativo de Nariño.

El concepto técnico de la Gobernación tiene su origen en el intenso debate que se vivió durante el segundo periodo de sesiones ordinarias del Concejo Municipal de Ipiales en 2026.

 En ese periodo, el alcalde Amílcar Pantoja presentó un proyecto de acuerdo cuyo propósito era modificar parcialmente el Acuerdo 052 de noviembre de 2025, mediante el cual se habían ajustado varios artículos del Estatuto Tributario Municipal relacionados con el impuesto de alumbrado público. La iniciativa del Ejecutivo buscaba introducir modificaciones al esquema tarifario vigente, sustentadas en un estudio técnico y en la necesidad de garantizar la sostenibilidad financiera del servicio.

Sin embargo, durante el trámite en la corporación surgieron cuestionamientos por parte de la comunidad, que manifestó su inconformidad frente a las tarifas establecidas en el Acuerdo 052. Ese descontento fue acogido por la mayoría de los concejales, quienes decidieron introducir cambios sustanciales al proyecto presentado por la Administración Municipal.

Como resultado de esas modificaciones, el Concejo no solo ajustó la iniciativa del alcalde, sino que cambió su alcance jurídico y aprobó un texto distinto al originalmente radicado. En lugar de mantener la estructura propuesta por el Ejecutivo, la corporación optó por restablecer las disposiciones contenidas en el Acuerdo 032 de 2018, lo que en la práctica representó el regreso a las tarifas anteriores del impuesto de alumbrado público.

Una vez aprobado por mayoría, el acuerdo fue sancionado y firmado por el alcalde Amílcar Pantoja, quien, conforme al procedimiento legal, lo remitió a la Gobernación de Nariño para el control de legalidad.

Fue precisamente durante esa revisión cuando la Subsecretaría de Asistencia Técnica encontró varias observaciones. El concepto señala que el texto finalmente aprobado por el Concejo difiere de la iniciativa presentada por el alcalde y de su exposición de motivos, lo que podría vulnerar el principio de congruencia que debe existir durante el trámite de los acuerdos municipales. Asimismo, advierte que no se cuantificó el impacto fiscal derivado de la reducción de las tarifas, no se identificó una fuente que compensara la disminución de ingresos para el municipio y tampoco obra el concepto de la Secretaría de Hacienda, requisitos exigidos por el artículo 7 de la Ley 819 de 2003.

La Gobernación también considera contradictorio que la exposición de motivos señalara que el proyecto no pretendía modificar las tarifas, cuando el articulado aprobado por el Concejo sí produjo una reducción efectiva del impuesto al regresar al esquema previsto en el Acuerdo 032 de 2018.

Aunque el concepto emitido por la Gobernación de Nariño no deja sin efectos el Acuerdo 001 de 2026, sí representa un importante llamado de atención sobre la forma como fue tramitada y aprobada la iniciativa. El expediente será remitido a la Oficina Asesora Jurídica para evaluar la presentación de una demanda de revisión ante el Tribunal Contencioso Administrativo de Nariño, organismo que tendrá la última palabra sobre la legalidad del acuerdo. Mientras tanto, la norma continúa vigente y produce efectos jurídicos, tal como lo establece el propio concepto técnico.

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