Tribunal Administrativo de Nariño invalida acuerdo del Concejo Municipal de Ipiales.
Tribunal de Nariño anula acuerdo del Concejo de Ipiales
... el solicitante indicó que el acuerdo sometido a control había surtido su primer debate el 16 de julio de los cursantes, y el segundo debate el 19 de julio siguiente, con lo cual el Concejo Municipal de Ipiales desarrolló los debates incumpliendo las disposiciones del art. 73 de la Ley 136 de 1994, habida cuenta que “entre los debates no mediaron los tres días, mediaron más de tres días hábiles”...

La Sala Segunda de Decisión del Tribunal Administrativo de Nariño, mediante sentencia de única instancia del 30 de septiembre de 2024, decidió declarar la invalidez del Acuerdo No. 018 del 31 de julio de 2024, “POR MEDIO DEL CUAL SE REALIZAN ADICIONES DE RECURSOS DE LA VIGENCIA Y DE RECURSOS DE BALANCE EN EL PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS, GASTOS DE FUNCIONAMIENTO E INVERSIÓN DEL MUNICIPIO DE IPIALES, PARA LA VIGENCIA 2024” expedido por el Concejo Municipal de Ipiales, por el posible desconocimiento del artículo 73 de la Ley 136 de 1994.

La acción de revisión del acuerdo municipal  fue impetrada, mediante apoderado de la Gobernación de Nariño a raíz que la Subsecretaría de Asistencia Técnica emitiera concepto desfavorable por considerar que el acuerdo en meción  trasgredió el artículo 73 de la Ley 136 de 1994.

Al efecto, el solicitante indicó que el acuerdo sometido a control había surtido su primer debate el 16 de julio de los cursantes, y el segundo debate el 19 de julio siguiente, con lo cual el Concejo Municipal de Ipiales desarrolló los debates incumpliendo las disposiciones del art. 73 de la Ley 136 de 1994, habida cuenta que “entre los debates no mediaron los tres días, mediaron más de tres días hábiles”.

En la ponencia presentada por la magistratura Ana Beel Bastidas Pantoja manifiesta que Sí es procedente declarar la invalidez del Acuerdo No. 018 del 31 de julio de 2024, expedido por el Concejo Municipal de Ipiales, por el desconocimiento del artículo 73 de la Ley 136 de 1994; Porque la Corporación municipal desconoció los términos para los debates: pues el proyecto de acuerdo se debatió en dos sesiones consecutivas, sin respetar el periodo de tres días entre el segundo y último debate.

La Sala Segunda de Decisión del Tribunal Administrativo de Nariño, en su providencia, considera que el primer debate del proyecto de acuerdo sometido a revisión se surtió en la comisión de presupuesto del Concejo Municipal de Ipiales el día 16 de julio de 2024 (martes), tal y como se verifica en el acta respectiva y según se certificó por el respectivo secretario de dicha colectividad. Ahora bien, si el primer debate en comisión tuvo lugar el 16 de julio de 2024 (martes), el proyecto de acuerdo debía ser sometido a consideración de la plenaria del Concejo Municipal de Ipiales tres días después de la aprobación en la comisión respectiva, es decir, que como el segundo debate en plenaria tuvo lugar el día 19 de julio de 2024 (viernes), claramente, SÍ se trasgredió el término establecido para tal fin en el art. 73 de la Ley 136 de 1994.

Lo anterior es así, porque teniendo en cuenta lo establecido por el artículo 73 de la Ley 136 de 1994, la interpretación de los términos legales, según el artículo 62 de la Ley 4 de 1913 y lo dispuesto en la jurisprudencia del Consejo de Estado, entre la primera y segunda sesión del Concejo para la aprobación de un acuerdo debe existir un término de tres días hábiles, los cuales deben respetarse, a efecto de que la decisión que el órgano colegiado pretende tomar, se analice y se discuta de fondo y se garantice la participación ciudadana. Así, la Sala considera que no se respetó el término señalado en el art. 73 de la Ley 136 de 1994 y, por tanto, el acuerdo 018 del 19 de julio de 2024 que es objeto de revisión en esta oportunidad se expidió de manera irregular, por consiguiente, está afectada su validez.

Por las anteriores consideraciones la Sala concluye que: el Acuerdo No. 018 del 19 de julio de 2024, “POR MEDIO DEL CUAL SE REALIZAN ADICIONES DE RECURSOS DE LA VIGENCIA Y DE RECURSOS DE BALANCE EN EL PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS, GASTOS DE FUNCIONAMIENTO E INVERSIÓN DEL MUNICIPIO DE IPIALES, PARA LA VIGENCIA FISCAL 2024”, expedido por el Concejo Municipal de Ipiales contraviene lo dispuesto en el art. 73 de la Ley 136 de 1994.

JUEGOS DEL CARNAVAL MULTICOLOR

JUEGOS DEL CARNAVAL MULTICOLOR

Jugar el carnaval es propio de los nariñenses, lo que significaría una regresión a la niñez; pintarse, tiznarse, embadurnarse, untarse de ’pueblo’ de color, de raza de libertad. Al tiempo, es el desdoblamiento de la personalidad al ocultarse detrás de un antifaz, una máscara, un disfraz o tras el mismo cosmético.

El Carnaval Andino en Ipiales, al Sur de Nariño

El Carnaval Andino en Ipiales, al Sur de Nariño

… el carnaval que se genera en Ipiales y municipios aledaños de la ex provincia de Obando hace parte de las fiestas originarias de Latinoamérica con más influencia indígena y que poco o nada tienen de los carnavales europeos. Para la mayoría de los cultores del carnaval de Nariño, sus cauces se encuentran ligados a la lucha de los esclavos africanos, por su libertad en el tiempo de la colonia española…

El Desfile de Años Viejos y Viudas, Cerrará la Tradicional Senda del Carnaval Multicolor de la Frontera.

El Desfile de Años Viejos y Viudas, Cerrará la Tradicional Senda del Carnaval Multicolor de la Frontera.

El desfile de años viejos y viudas que el 31 de diciembre abre el Carnaval Multicolor de la Frontera en su versión 2019-2020, será el único evento que conservará el recorrido, que desde hace 16 años aproximadamente se había mantenido, partiendo desde el sector del Auto Panamericano hasta la carrera 6ª entre calles 4ª y 3ª; del 2 al 6 de enero, la senda, por decisión del Alcalde electo, retomará el recorrido desde el Barrió Puenes (Cuatro esquinas) hasta el Sector del Cid….

Génesis del Carnaval Andino de Negros y Blancos en Nariño

Génesis del Carnaval Andino de Negros y Blancos en Nariño

Los carnavales que se realizan en Nariño no tienen nada que ver con la abstinencia, la privación de la carne, pero si poseen ciertas características de los Saturnales Romanos, de donde proviene el Cristianismo, con un amplio sincretismo entre las creencias aborígenes y las celebraciones católicas que, a su llegada a América, pretendían borrar todo tipo de manifestación pagana, ritos agrarios indígenas, expresiones teatrales y artísticas hispánicas y la propia cultura afro americana.

Más Noticias

Por desconocimiento, Concejal propuso invitar al director general del SENA para que responda cuestionario ante el Concejo Municipal de Ipiales.

Por desconocimiento, Concejal propuso invitar al director general del SENA para que responda cuestionario ante el Concejo Municipal de Ipiales.

… En su proposición, el concejal Malpúd en dos ocasiones insistió para que se invite “al director del SENA Jorge Londoño” a responder el cuestionario; ante tal reiteración ninguno de los concejales presentes se percató del error del proponente quien a ciencia cierta evidenció desconocer el nombre del Subdirector del Sena en Ipiales, (Andrés Oswaldo Fajardo Cabrera) confundiéndolo con el director General del servicio Nacional de Aprendizaje SENA Jorge Eduardo Londoño Ulloa…

Viceministro de Agua y Saneamiento Básico invitó al Representante Juan Daniel Peñuela para que lo acompañe en su visita a Ipiales.

Viceministro de Agua y Saneamiento Básico invitó al Representante Juan Daniel Peñuela para que lo acompañe en su visita a Ipiales.

… A raíz de las problemáticas de saneamiento básico que afronta Ipiales desde hace unos meses, aunados a los de los municipios que se surten de agua de los Ríos Chiquito Blanco, conocemos que el Representante Daniel Peñuela ha hecho ingentes esfuerzos para que el gobierno nacional le ponga atención a esta situación que mantiene en emergencia a un gran sector de la provincia de Obando…

Trío Gualcalá arrullado y crecido en Cuna de grandes tríos.

Trío Gualcalá arrullado y crecido en Cuna de grandes tríos.

…El Trío Gualcalá actualmente esta conformado por Gilbert Medina, Nhayro Alexander Benavides y Mauro Chacón y hace parte de los diez mejores tríos seleccionados para participar en la noche del viernes 25 de octubre en el Décimo Sétimo Festival Internacional Ipiales Cuna de Grandes Tríos…

Concejal Miguel Huertas Presentó Renuncia a su Curul.

Concejal Miguel Huertas Presentó Renuncia a su Curul.

…El señor Huertas Erazo dijo que lo reemplazará quien le sigue en votación en su movimiento: la líder animalista Liliana Patiño Rosero; a decir del dimitente acompañará a la concejal Leidy Solarte en solidaridad de género para la corporación edilicia…

Historia de la Institución Educativa San Francisco de Asís. Patrimonio educativo de Ipiales.

Historia de la Institución Educativa San Francisco de Asís. Patrimonio educativo de Ipiales.

Luego de su permanencia en la republica del Ecuador (1888), La Hermana Caridad Brader, en 1893 se radico en Túquerres, sur de Colombia, desde donde se dedicó a la fundación de escuelas y colegios en territorios de extrema pobreza. La religiosa instaló conventos en Túquerres, Samaniego, Ipiales, Pupiales y creó la casa en san Juan de Pasto, capital de la Diocesis, en ese entonces…