Once concejales del Municipio podrían perder su investidura por violación de los artículos 23 y 24 de la ley 136 de 1994
Concejales de Ipiales Sesionaron fuera de la sede oficial
... Según las fuentes consultadas por LA IPIALEÑISIMA, once de los diecisiete miembros de la corporación habrían incurrido en esta falta, debido a que el pasado 29 de febrero de 2024, se trasladaron hasta el corregimiento de la victoria para sesionar y aprobar en segundo debate dos proyectos de acuerdo...

LA IPIALEÑÍSIMA pudo constatar que en las últimas horas se han radicado ante el Concejo Municipal de Ipiales derechos de petición donde se requiere explicaciones sobre la realización de la última sesión del periodo ordinario de la Corporación correspondiente al mes de febrero.

La razón se basa en la presunta violación de los artículos 23 y 24 de la ley 136 de 1994 que se refieren a lugar donde los concejos municipales deben realizar sus sesiones: sean ordinarias o extraordinarias.

 “ARTÍCULO 23.- Período de sesiones. Los concejos de los municipios clasificados en categorías Especial, Primera y Segunda, sesionarán ordinariamente en la cabecera municipal y en el recinto señalado oficialmente para tal efecto…”

ARTÍCULO 24.-Toda reunión de miembros del Concejo que, con el propósito de ejercer funciones propias de la corporación, se efectúe fuera de las condiciones legales o reglamentarias, carecerá de validez y los actos que realicen no podrán dársele efecto alguno, y quienes participen en las deliberaciones serán sancionadas conforme a las leyes.

Casa de la Cultura de Ipiales Miguel Garzón Arteaga, 52 años cultivando el crecimiento intelectual de los ipialeños

Pantallazo de transmisión de la sesión del Concejo Municipal de Ipiales, desde el corregimiento La Victoria, el jueves 29 de febrero de 2024

Según las fuentes consultadas por LA IPIALEÑISIMA, once de los diecisiete miembros de la corporación habrían incurrido en esta falta, debido a que el pasado 29 de febrero de 2024, se trasladaron hasta el corregimiento de la victoria para sesionar y aprobar en segundo debate dos proyectos de acuerdo:

Uno de los cuales “por medio del cual se actualiza la escala de viáticos para el alcalde y funcionarios de la Alcaldía municipal de Ipiales y se dictan otras disposiciones”

Y el otro “Por medio del cual se establece el reconocimiento y pago de honorarios para los miembros de la Junta Administradora Local del Corregimiento La Victoria del Municipio de Ipiales y se dictan otras disposiciones.

Con lo anterior los Conejales que participaron en esta sesión habrían incurrido en falta disciplinaria gravísima y un posible prevaricato por acción, al haber sesionado fuera del recinto oficial de sesiones de la corporación municipal que está ubicado el primer piso, al interior de las instalaciones de la Alcaldía municipal de Ipiales.

Según los entendidos estas corporaciones podrán sesionar por fuera de la sede oficial del Concejo Municipal, cuando esté de por medio el funcionamiento de las mismas, por razones de orden público, intimidación, amenaza o violencia.

Además, los concejales habrían incurrido en un agravante al haber cobrado los honorarios correspondientes a la sesión irregular del 29 de febrero.

Los concejales que sesionaron fuera del recinto oficial del Concejo municipal de Ipiales son: David Fernando Almeida Paredes, William Orlando Benavides Rosero, Iván Darío Chalaca Díaz, Lizandro Aurelio Chamorro Gómez, Adrián Guerrero Romero; Carlos Alberto Hualpa, Miguel Alejandro Huertas Erazo, Raúl Lizandro Malpúd Inga, Franco Mauricio Portillo Paredes, Jaime Hernán Revelo Chacón, y Edmar Antonio Rosero Estupiñán.

Son 11, también los interesados en el desarrollo de esta situación, quienes ya han empezado a agotar los tramites de rigor con el fin de entablar demanda por perdida de investidura de los once ediles del municipio de Ipiales.

LA IPIALEÑÍSIMA ha tratado de comunicarse, vía celular, con el señor Presidente del Concejo Municipal de Ipiales, para consultarle al respecto, pero no contesta…

  • SENTENCIA 2020-00021 DE 23 DE JULIO DE 2021
  • CONSEJO DE ESTADO
  • CONTENIDO: EVENTOS EN LOS QUE EL CONCEJO MUNICIPAL PUEDE SESIONAR POR FUERA DEL RECINTO DE LA CORPORACIÓN PÚBLICA. SE PRECISA QUE POR REGLA GENERAL, LOS CONCEJOS DEBEN SESIONAR, ORDINARIAMENTE, EN UN RECINTO UBICADO EN SU CABECERA MUNICIPAL QUE EN PRINCIPIO, DEBE SER SEÑALADO DE FORMA OFICIAL POR LA PROPIA CORPORACIÓN PÚBLICA, PARA TODOS LOS EFECTOS, A TRAVÉS DEL REGLAMENTO INTERNO QUE EXPIDAN PARA SU FUNCIONAMIENTO. POR ENDE, LAS REUNIONES DE LOS CONCEJOS QUE SE EFECTÚEN POR FUERA DEL LUGAR SEÑALADO OFICIALMENTE COMO SEDE DE LAS SESIONES, ASÍ COMO LOS ACTOS QUE EN ELLAS SE REALICEN, CARECEN DE VALIDEZ ALGUNA Y QUIENES PARTICIPEN EN LAS DELIBERACIONES SERÁN SANCIONADOS CONFORME A LAS LEYES. SIN EMBARGO, EXISTEN DOS EXCEPCIONES DE RESERVA A ESTA REGLA GENERAL DE SESIONAR EXCLUSIVAMENTE EN EL RECINTO OFICIAL DEL CONCEJO MUNICIPAL O DISTRITAL: (I) LA PRIMERA, ES CUANDO ELLO SE LE DIFICULTE A SUS MIEMBROS POR RAZONES DE ALTERACIÓN DEL ORDEN PÚBLICO, EN CUYO CASO PODRÁN SESIONAR DONDE LO DETERMINE EL PRESIDENTE DE LA RESPECTIVA CORPORACIÓNY (II) LA SEGUNDA, ES CUANDO SE TRATE DE ASUNTOS QUE AFECTEN ESPECÍFICAMENTE A UNA LOCALIDAD, CORREGIMIENTO O COMUNA, EVENTO EN EL QUE LA SESIÓN DEL CONCEJO PODRÁ REALIZARSE EN EL SITIO EN QUE SU MESA DIRECTIVA Y EL VOCERO ESTIMEN CONVENIENTE DE MANERA CONCERTADA. EN EL CASO CONCRETO, SE DEMANDA LA PÉRDIDA DE INVESTIDURA DE LOS CONCEJALES DE UN MUNICIPIO, AL CONSIDERAR EL ACTOR QUE LOS DEMANDADOS INCURRIERON EN UNA INDEBIDA DESTINACIÓN DE DINEROS PÚBLICOS PREVISTA EN EL ARTÍCULO 48, NUMERAL 4, DE LA LEY 617 DE 2000, AL HABÉRSELES RECONOCIDO HONORARIOS PARA LA ASISTENCIA A LAS SESIONES QUE SE REALIZARON POR FUERA DE LA SEDE OFICIAL ESTABLECIDA EN LA LEY Y EL REGLAMENTO PARA SESIONAR. NO OBSTANTE, EL REGLAMENTO INTERNO PREVIÓ, EN DESARROLLO DE LO ESTABLECIDO EN LA LEY ESTATUTARIA 1757 DE 2015 Y LEYES 152 DE 1994 Y 388 DE 1997, QUE EL CONCEJO MUNICIPAL ESTÁ FACULTADO PARA HACER PRESENCIA EN UNA VEREDA O BARRIO DE ESE MUNICIPIO, EN ARAS DE TRATAR ASUNTOS PROPIOS DEL RESPECTIVO SECTOR, A TRAVÉS DE LA CONVOCATORIA DE (I) UN CABILDO ABIERTO O (II) UNA SESIÓN ESPECIAL IN SITU QUE DEBE INSTALARSE EN LA SEDE OFICIAL DE LA CORPORACIÓN Y CLAUSURARSE EN LA MISMA, EN EL PALACIO MUNICIPAL, CON SUJECIÓN A LOS PRECEPTOS DE DICHA LEY ESTATUTARIA Y DISPOSICIONES CONCORDANTES. ES DECIR, TRATÁNDOSE DE LA REALIZACIÓN DE UN CABILDO ABIERTO Y/O DE UNA SESIÓN ESPECIAL, EL CONCEJO MUNICIPAL, ANTES DE TRASLADARSE AL SITIO DE LA REUNIÓN PARA TALES EFECTOS, DEBE REALIZAR SU INSTALACIÓN Y CLAUSURA EN EL RECINTO OFICIAL, CUMPLIENDO ASÍ CON LA REGLA GENERAL QUE LO OBLIGA A SESIONAR ALLÍ, SIN PERJUICIO DE QUE EN MEDIO DE ESTA PUEDA DESPLAZARSE AL LUGAR DE LAS COMUNIDADES. DE MANERA QUE SI BIEN LOS DEMANDADOS SESIONARON POR FUERA DE LA SEDE OFICIAL, LO HICIERON EN EL CUMPLIMIENTO VERIFICADO DE LAS DISPOSICIONES QUE ORDENAN Y REGULAN TALES EVENTOS, RAZÓN POR LA QUE TAL SITUACIÓN NO SE ERIGE EN CAUSA DE UN SUPUESTO RECONOCIMIENTO IRREGULAR DE HONORARIOS POR SESIONES, LO QUE, POR DEMÁS, IMPIDE CONTINUAR CON EL ESTUDIO DE LOS DEMÁS ELEMENTOS CONFIGURATIVOS DE LA INDEBIDA DESTINACIÓN DE DINEROS PÚBLICOS.
EL DISFRAZ EN EL CARNAVAL MULTICOLOR DE LA FRONTERA

EL DISFRAZ EN EL CARNAVAL MULTICOLOR DE LA FRONTERA

El disfraz, es uno de los elementos más importantes de representación en la fiesta, el rito, el mito y la leyenda. El ser humano para comprometerse con los dioses o para congeniar con la naturaleza, aprendió a mimetizarse, a asemejarse a los animales, a los árboles, a los pájaros, a imitar el ruido del viento, el agua, todo para rendir culto a los dioses, luego, para llamar la atención del oponente o compañero…

Con el Desfile de Años Viejos y Viudas, el Pasado 31 de Diciembre se Dio Inicio al Carnaval Multicolor de la Frontera 2019 – 2020

Con el Desfile de Años Viejos y Viudas, el Pasado 31 de Diciembre se Dio Inicio al Carnaval Multicolor de la Frontera 2019 – 2020

El 31 de diciembre de 2019, un día de mucha trascendencia cultural en el Municipio de Ipiales al Sur de Nariño, es la fecha en que se da inicio al Carnaval Multicolor de la Frontera, El desfile de años viejos y viudas abre las actividades de esta expresión cultural que va hasta el 7 de enero. A continuación damos a conocer los ganadores en las modalidades Año Viejo…

JUEGOS DEL CARNAVAL MULTICOLOR

JUEGOS DEL CARNAVAL MULTICOLOR

Jugar el carnaval es propio de los nariñenses, lo que significaría una regresión a la niñez; pintarse, tiznarse, embadurnarse, untarse de ’pueblo’ de color, de raza de libertad. Al tiempo, es el desdoblamiento de la personalidad al ocultarse detrás de un antifaz, una máscara, un disfraz o tras el mismo cosmético.

El Carnaval Andino en Ipiales, al Sur de Nariño

El Carnaval Andino en Ipiales, al Sur de Nariño

… el carnaval que se genera en Ipiales y municipios aledaños de la ex provincia de Obando hace parte de las fiestas originarias de Latinoamérica con más influencia indígena y que poco o nada tienen de los carnavales europeos. Para la mayoría de los cultores del carnaval de Nariño, sus cauces se encuentran ligados a la lucha de los esclavos africanos, por su libertad en el tiempo de la colonia española…

Más Noticias

Concejal Miguel Huertas Presentó Renuncia a su Curul.

Concejal Miguel Huertas Presentó Renuncia a su Curul.

…El señor Huertas Erazo dijo que lo reemplazará quien le sigue en votación en su movimiento: la líder animalista Liliana Patiño Rosero; a decir del dimitente acompañará a la concejal Leidy Solarte en solidaridad de género para la corporación edilicia…

Tribunal Administrativo de Nariño invalida acuerdo del Concejo Municipal de Ipiales.

Tribunal Administrativo de Nariño invalida acuerdo del Concejo Municipal de Ipiales.

… el solicitante indicó que el acuerdo sometido a control había surtido su primer debate el 16 de julio de los cursantes, y el segundo debate el 19 de julio siguiente, con lo cual el Concejo Municipal de Ipiales desarrolló los debates incumpliendo las disposiciones del art. 73 de la Ley 136 de 1994, habida cuenta que “entre los debates no mediaron los tres días, mediaron más de tres días hábiles”…

Historia de la Institución Educativa San Francisco de Asís. Patrimonio educativo de Ipiales.

Historia de la Institución Educativa San Francisco de Asís. Patrimonio educativo de Ipiales.

Luego de su permanencia en la republica del Ecuador (1888), La Hermana Caridad Brader, en 1893 se radico en Túquerres, sur de Colombia, desde donde se dedicó a la fundación de escuelas y colegios en territorios de extrema pobreza. La religiosa instaló conventos en Túquerres, Samaniego, Ipiales, Pupiales y creó la casa en san Juan de Pasto, capital de la Diocesis, en ese entonces…

Procuraduría General de la Nación confirmó sanción disciplinaria para exalcalde de Ipiales.

Procuraduría General de la Nación confirmó sanción disciplinaria para exalcalde de Ipiales.

El 23 de octubre de 2019 la Procuraduría Provincial de Ipiales mediante auto de apertura de investigación disciplinaria dispuso la apertura de investigación disciplinaria contra Jonás Ricardo Romero Sánchez en su condición de alcalde municipal, evalúo la que culminó en formulación de cargos, según auto del 2 de junio de 2023)… la decisión tiene que ver con la instalación de una estructura de hierro en predios de la Antigua Casona de Adunas, declarada patrimonio cultural de la nación por el Mincultura en 2006.

De la cultura de la extorsión y el chantaje

De la cultura de la extorsión y el chantaje

Cuando apenas estamos cuantificando los daños que produjo el inconveniente paro de camioneros que logró inmovilizar todo un País, es saludable que hagamos análisis, sin sesgo, de esta clase de movilizaciones sectoriales que se convierten en inmovilizaciones “in genere”….

Procuraduría formula pliego de cargos al presidente del Concejo Municipal de Ipiales.

Procuraduría formula pliego de cargos al presidente del Concejo Municipal de Ipiales.

Por, presuntamente, ejercer influencia sobre el ex gerente del Hospital Civil de Ipiales y lograr la vinculación laboral de sus hermanos, la Procuraduría Provincial de Juzgamiento Ipiales, formuló pliego de cargos al concejal del Municipio Miguel Huertas Erazo.

El actual presidente de la Mesa Directiva del Concejo Municipal de Ipiales habría incurrido en dos faltas calificadas como gravísimas en el Código Único Disciplinario…